Una reciente sentencia condena al Ayuntamiento de León a indemnizar a un funcionario público con 150.000 euros más intereses, por « sobrecarga de trabajo continuada », al haber tenido que asumir las tareas de tres empleados por falta en la sustitución durante las ausencias de sus dos compañeros.
La situación de « carga de trabajo inasumible » que describe la sentencia judicial para este funcionario, abogado de la asesoría jurídica del Ayuntamiento de León con 43 años de servicio a sus espaldas, comenzó en 2014. Por aquel entonces, el Consistorio tenía tres plazas de letrados en su departamento de servicios jurídicos y H. T. M. ocupaba una de ellas. Aquel año uno de sus compañeros abogados tuvo una baja por incapacidad temporal que luego se transformó en permanente.
Esa plaza fue amortizada en la práctica, ya que nunca más fue repuesta, por lo que quedaron solo dos letrados. Pero poco después, entre 2016 y 2019, el otro letrado que trabajaba junto al funcionario ahora indemnizado tuvo varios periodos prolongados de baja y durante esos meses tampoco fue sustituido, por lo que H.T.M. se quedó como único abogado de la asesoría. Más tarde, a principios de 2020, el mismo compañero pasó a situación de servicios especiales y su plaza fue cubierta solo por periodo de ocho meses por otra empleada municipal.
Así se llega a 2022. “Ese año caí de baja —explicó H.T.M. a la prensa— y aunque solo falté dos meses, ese fue el detonante para que el Ayuntamiento actuara, porque de un día para otro se encontraron que no tenían abogado, y solo entonces contrataron a dos letrados interinos”.
Así, según esta secuencia de los hechos, entre 2014 y 2022 el demandante realizó en solitario, durante mucho tiempo, las tareas previstas para tres empleados. Por ello, el fallo del juzgado leonés precisa que se trata de un caso de “daños continuados”.
El fallo culpa a la Administración local de esta situación “lesiva” para el abogado, por la “pasividad” del Ayuntamiento a la hora de solucionar este exceso de tareas hasta que contrataron a dos abogados interinos. Es más, el magistrado tiene en cuenta que H.T.M. advirtió de esta situación “repetida y diligentemente” a sus responsables de recursos humanos, verbalmente y por escrito, sin que estos tomaran ninguna medida eficaz durante nueve años.
La carga de trabajo “multiplicada”, indica el juez, ha generado daños en el abogado de la corporación leonesa, y por ese motivo encuentra que se ha vulnerado el derecho de los empleados públicos a recibir protección eficaz en materia de seguridad y salud en el trabajo. Y considera que toda esta situación ha generado un riesgo para la integridad física y la salud del trabajador, debido a que la Administración no ha cumplido con sus obligaciones de protección y prevención que recoge el artículo 15 de la Constitución.